¿Cuándo sale el Plan Rehabilita 2026?
La convocatoria 2026 se publicó en el BOAM nº 10138 del 2 de junio de 2026 y su plazo de solicitud fue del 3 de junio al 30 de septiembre de 2026, ya cerrado. Como se concede por orden de solicitud, lo que decide si llega el dinero es tener la documentación lista antes de que se abra la siguiente: eso es lo que preparamos ahora.
¿Dónde se solicita la ayuda para reformar una vivienda?
En la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, sede.madrid.es. Para comunidades de propietarios y personas jurídicas la presentación telemática con firma electrónica es obligatoria: no se puede entregar en papel. De la tramitación nos encargamos nosotros, así que la comunidad no necesita tener certificado ni pelearse con la sede.
¿Cómo se solicita el Plan Rehabilita 2026?
El orden importa. Primero el edificio necesita el Informe de Evaluación del Edificio (IEE) registrado en el Ayuntamiento: sin él no se puede solicitar. Después se define la actuación y su presupuesto, se reúne la documentación técnica y se presenta todo por la sede electrónica dentro del plazo. Nosotros hacemos las tres cosas y la comunidad solo firma.
¿Quién puede pedir el Plan Rehabilita Madrid?
Comunidades de propietarios y mancomunidades (art. 5 LPH), propietarios agrupados sin división horizontal (art. 396 CC), propietarios de vivienda unifamiliar, comunidades energéticas y el propietario único de un edificio colectivo con más del 60 % de cuota. El edificio tiene que estar construido antes de 1998, tener al menos el 70 % de superficie sobre rasante de uso residencial y un presupuesto protegible mínimo de 6.000 € en edificio colectivo o 3.000 € en unifamiliar.
¿Qué ayudas hay para reformar una vivienda en Madrid en 2026?
El Plan Rehabilita cubre seis líneas: accesibilidad (ascensores, rampas), eficiencia energética (SATE, aislamiento de fachada y cubierta, renovables), conservación (cubierta, fachada, estructura y retirada de amianto), salubridad, seguridad (incendios e instalación eléctrica) y, como novedad este año, embellecimiento: retirada de cableado y ocultación de aires acondicionados, antenas y tendederos. En el estudio gratuito te decimos cuáles aplican a tu edificio.
¿Sois el Ayuntamiento de Madrid?
No. Somos proyecton.es, una oficina técnica privada especializada en la gestión llave en mano de este tipo de rehabilitaciones. El Ayuntamiento convoca y concede las ayudas; nosotros nos encargamos de todo el proceso: estudio previo, documentación técnica, tramitación y ejecución de la obra. Operamos bajo Revestimientos Proyecton Rehabilitaciones S.L.U. (CIF B86608312).
¿Cuánto cuesta vuestro servicio?
El estudio de viabilidad inicial es completamente gratuito y sin compromiso. Si el proyecto es viable y decidís seguir adelante, presentamos un presupuesto cerrado y transparente que incluye todos los servicios: proyecto técnico, tramitación y ejecución de obra. Sin letra pequeña ni costes ocultos.
¿Mi edificio puede solicitar la ayuda?
Lo descubres en 30 segundos con nuestra herramienta gratuita: introduce la dirección del edificio y te decimos al instante qué ayudas le corresponden. Los requisitos básicos son edificio anterior a 1998, uso residencial principal e Informe de Evaluación del Edificio (IEE) en vigor. Si tu caso no encaja en lo estándar, nuestro equipo técnico privado lo revisa contigo sin coste.
¿Cuánto tiempo tarda todo el proceso?
Desde el primer contacto hasta la resolución favorable suelen pasar entre 6 y 12 meses, dependiendo de la complejidad del edificio y de los plazos administrativos del Ayuntamiento. La ejecución de la obra comienza una vez resuelta la ayuda. Gestionar todo esto sin experiencia puede alargarlo considerablemente; con nuestro equipo los plazos se optimizan al máximo.
¿Hay que pagar algo antes de recibir la subvención?
La ayuda se recibe una vez justificada la obra ejecutada, no antes de empezar. Esto significa que la comunidad financia inicialmente las obras y después recibe el importe concedido. Trabajamos con entidades financieras que ofrecen líneas de crédito específicas para este tipo de proyectos, con el importe de la subvención como garantía de retorno.
¿Qué pasa si ya hemos recibido ayudas en el pasado?
Haber recibido ayudas anteriores no impide volver a solicitarlas, siempre que sean para actuaciones diferentes y no exista incompatibilidad declarada. La convocatoria prohíbe financiar dos veces el mismo concepto de obra, pero distintas actuaciones en el mismo edificio sí pueden acogerse en convocatorias sucesivas. Lo analizamos caso por caso en el estudio gratuito.
¿Necesitamos unanimidad de todos los vecinos?
No. La Ley de Propiedad Horizontal permite aprobar obras de rehabilitación y solicitar ayudas con mayoría simple en junta de propietarios, sin necesidad de unanimidad. Lo importante es que el acta recoja correctamente los acuerdos adoptados, algo que gestionamos nosotros para garantizar que cumple con todos los requisitos de la convocatoria.